Publicado el 17/06/2009

Un Error En Segunda Cosecha Puede Llevar A Pérdidas…

El presidente de ASAJA Huesca, José F. Luna ha advertido a los profesionales que “hay que hacer muy bien las cuentas antes de abordar la segunda cosecha, pues un error lleva directamente a pérdidas. No decimos al agricultor que no siembre, sino que calcule los gastos de producción con el precio que puede haber. Si evalúa que no va a sacar rendimiento, que se quede con la parte desacoplada’, aclara Luna y explica que, en la actualidad, se necesitan hasta 6.000 kilos de cebada al precio actual de 120,20 euros por tonelada para cubrir los costes originados.  Costes de 1 ha de regadío de cebada Abonos, semillas, fitosanitarios €/ha Abono fondo (400 kg de 8-15-15 a 300€/Tn) 120 Coste distribución abono 6 200 kg de semilla a 300€/Tn 60 Coste sembradora 50 Herbicida 30 Coste aplicación herbicida 8 Abono cobertera (200 kg de urea a 300€/Tn) 60 Coste máquina cosechadora 70 Coste acarreo cereal 30  434 Costes de energía €/año Comunidad Regantes (derramas, canon, alfarda) 60 Agua riego (4000m3 a 0,02€/m3) 80 Amortización tubería general 150  290 TOTAL COSTES 1 HA CEBADA 724 €  Nota: Coste de amueblamiento de la parcela no incluido (5 años a razón de 420€/año).  CONCLUSIONES:  1. Necesitamos 6000 kg de cebada por hectárea al precio actual de 120,20 €/Tn para cubrir gastos. 2. El agricultor no se atreve a hacer segunda cosecha de maíz en regadío tras las perdidas de 480 euros/ha del año anterior. Con este precio de cebada y la perspectiva de no poder realizar segunda cosecha con estos dos parámetros a la baja en estos momentos es inviable la inversión en modernización.  MERCADOS  1. El mercado esta necesitado de cereal y aún así el precio del mismo no sube. Creemos que estamos otra vez sujetos a movimientos especulativos y a una falta de liquidez en el mercado. 2. Con estos factores ASAJA podría aconsejar a los agricultores en caso de no modificarse estos dos parámetros al alza, quedarse con el Pago Único y no arriesgar en futuras siembras sin coger la calculadora. 3. Esta situación no deseada en ningún caso por ASAJA Huesca llevaría a la desaparición de: Empresas de Servicios industriales y agrarios (concesionarios de maquinaría, talleres de reparación, industrias de fabricación, etc).Distribuidoras de combustible.Distribuidoras de fitosanitarios.Distribuidoras de semillas.Distribuidoras de abonos.Fábricas de pienso.Deshidratadoras de forrajes.Otras industrias transformadoras.Sector administrativo: gestorías.  Esta situación supondría la desaparición de miles puestos de trabajo, a los cuales la administración pública debería dar solución, por tanto exigimos a la misma que ponga la solución precisa para evitar la situación de ruina inminente del sector primario.

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Preguntas frecuentes

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

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