Publicado el 29/10/2009

Asaja Aragón Transmite Su Queja A La Consejería De Agricultura Por Problemas Con El Sigpac

ASAJA Aragón se ha dirigido por escrito al titular de la Consejería de Agricultura y Alimentación del gobierno aragonés, Gonzalo Arguilé, para mostrar su desacuerdo ante las sanciones que se estan imponiendo a agricultores en relación a la aplicación de los datos del SIGPAC Aragón en las Inspecciones de la PAC.ÂEn los últimos días ASAJA Aragón ha recibido numerosas quejas de varios agricultores y por ello la organización ha considerado dirigirse por escrito a la administración autonómica por esta importante problematica derivada de la aplicación de los datos del SIGPAC y las posteriores inspecciones de campo por parte de la propia administración. “Se trata de la existencia de diferencias entre los datos de las lecturas de los usos recogidos por el SIGPAC con las medidas recogidas en campo por los propios controladores del Gobierno de Aragón, puesto que se estan descontando superficies de tierra arable para el cobro de las ayudas por superficie, y por ello se procede a una sanción al agricultor, extremo éste con el que no estamos en absoluto de acuerdo”, comenta Ramón Ballarín, Secretario Técnico. Desde ASAJA se señala que no es de recibo que los agricultores estén recibiendo sanciones por discrepancias en los datos que maneja la propia administración autonómica, y que no es culpa ni mucho menos de los agricultores, que asisten incrédulos a la imposición de sanciones por culpa de errores de la propia administración. El secretario técnico de ASAJA Aragón ha manifestado que se ha transmitido al consejero “que su departamento tenga en cuenta esta situación y que las posibles anomalías fueran subsanadas, y que se pueda proceder a dar las instrucciones pertinentes para que se retiren de inmediato las sanciones impuestas por este procedimiento erróneo de la propia administración”. La organización se ha mostrado colaboradora con el departamento para poder corregir esta problematica y que en un futuro pueda quedar todo aclarado para futuras campañas de datos del SIGPAC y que los criterios establecidos entre los datos de SIGPAC y el de los controladores de campo no vuelva a derivar en “desagradables sorpresas” para los agricultores.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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