Publicado el 23/12/2009

El Sector Se Reúne Con Rodríguez Zapatero El 29 De Diciembre

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, recibira a las organizaciones agrarias ASAJA, Coag y Upa y a Cooperativas Agro-alimentarias el próximo martes 29 de diciembre. Las organizaciones agrarias aprovecharan el encuentro para pedirle a Zapatero que ponga en marcha una reforma estructural del sector, así como medidas ‘de choque’ para poner fin a la crisis y encaminadas a lograr el ‘reequilibrio’ de la cadena de valor.El presidente nacional de ASAJA, Pedro Barato,señaló que espera que el presidente del Gobierno no sólo acuda a la reunión con un ‘compromiso’, sino con unas ‘medidas eficaces y concretas’ para solucionar la crisis que atraviesa el campo. Indicóque las organizaciones agrarias trasladaran las mismas reivindicaciones con las que acudieron a la manifestación del pasado mes de noviembre, entre las que ha destacado la intervención pública en la ‘cadena de composición de los precios’ agroalimentarios, el aplazamiento de la deuda de los productores y las garantías de cobro para la exportación.El subdirector de Cooperativas Agro-alimentarias, Agustín Herrero,explicó hay que trasladar al presidente la necesidad de emprender medidas estructurales, como el ‘reequilibrio’ de la cadena de valor, y soluciones a corto plazo, como las relacionadas con la financiación del sector y con la mejora de su fiscalidad, para hacer frente a la crisis del campo. Señalóque el Gobierno en su conjunto debería implicarse en la búsqueda de soluciones y oportunidades para el sector, y no sólo el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), porque se trata de una actividad ‘estratégica para la economía española’.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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