Publicado el 14/05/2010

Principio De Acuerdo Con Clesa

El director general de Nueva Rumasa (propietaria de Clesa), Álvaro Ruíz Mateos, se reunía ayer con una representación de la Asociación de Productores de Leche de Aragón (APLA) con la intermediación de la consejería de Agricultura para intentar limar asperezas tras la denuncia de impagos por parte de los ganaderos que trabajan con esta firma láctea. Los productores habían manifestado que se les adeudaba desde enero una cantidad cercana a los 3 millones de euros, situación que les tenía asfixiados económicamente, circunstancia negada por Clesa que aludía a retrasos por las circunstancias del mercado.La empresa láctea manifestó que se habían producido retrasos en los pagos a 90 días pactados con los productores, comprometiéndose a abonar en breve esas deudas, pero los productores seguirán después cobrando a 90 días si la situación de mercado no cambia (circunstancia bastante improbable ahora mismo según vemos la economía mundial). Una de las quejas de los productores es que los pagarés emitidos por Clesa no contaban con la confianza de las entidades bancarias, que exigían a los ganaderos avales de su propio patrimonio para hacer efectivos esos pagos. Ayer Nueva Rumasa solicitó la mediación de la consejería para que pida a las entidades de crédito que abran un servicio de gestión de los pagos de los productores avalados por la garantía de patrimonio de la propia Nueva Rumasa.ASAJA ya se había dirigido por escrito en febrero a la dirección del grupo Clesa para solicitar una entrevista ante las quejas de los ganaderos por impagos recibidas por nuestra organización. Estaremos atentos a la definitiva resolución a esta problemática, si bien seguimos siendo de la opinión de que los pagos a 90 días en el eslabón productor de la cadena alimentaria (nosotros, el más débil) hace que sigamos siendo los agricultores y ganaderos los que financiamos las operaciones con nuestro esfuerzo y viendo peligrar nuestro patrimonio mientras otros eslabones no exponen nada.

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Preguntas frecuentes

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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