Publicado el 20/05/2010

Novedades En La Aplicación Del Programa Nacional De Las Rotaciones En Secano

La Dirección General de Producción Agraria ha publicado la siguiente circular, referente a la posibilidad de pastorear las parcelas acogidas al Pan Nacional de Fomento de las Rotaciones en Secano con anterioridad al 31 de mayo:En relación con el Programa Nacional para el Fomento de Rotaciones de cultivo en tierras de secano (PNFR), en la letra b), del artículo 61 del Real Decreto 66/2010 de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, se establece que el cultivo deberá mantenerse como mínimo hasta el 31 de mayo o, en su caso, hasta la fecha establecida por la Comunidad Autónoma.Teniendo en cuenta la situación económica de la ganadería extensiva en nuestra Comunidad y de las condiciones agrarias y medioambientales del territorio aragonés, se procede a autorizar el pastoreo de las superficies acogidas al PNFR una vez que dichas parcelas acogidas a esta ayuda hayan sido incluidas en la solicitud conjunta PAC 2010.Con objeto de poder llevar a cabo un control de dichas parcelas en el que se puedan verificar los requisitos de admisibilidad se tendrá que mantener una muestra testigo.Los requisitos que se deben cumplir para poder realizar este pastoreo antes del 31 de mayo son los siguientes:Plazo:Una vez se haya realizado la solicitud conjunta.Condiciones:Avisar a la OCA con, al menos, 1 día de antelación a tal circunstancia.Características de la muestra testigo:La muestra tendrá que ser representativa y homogénea, y ocupar, como mínimo, 200m2 por cada hectárea del recinto en cuestión (2%).A ser posible, ésta tendrá que dejarse al lado del camino de acceso al recinto. Se informa que en caso de optar por un pastoreo antes del 31 de mayo y no dejar muestra testigo, o un incumplimiento de estas condiciones establecidas conllevará la pérdida de la ayuda en estos recintos.Para comunicar el aprovechamiento a la OCA deberemos rellenar un impreso que podéis descargar en el siguiente enlace:http://portal.aragon.es/portal/page/portal/AGR/AYUDAS/PAC2010/Circulares2010/COMUNICACI%C3%93N%20DE%20PASTOREO%20ANTES%2031%20MAYO.pdf

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Preguntas frecuentes

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

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