Publicado el 28/07/2010

Última Hora Sobre La Devolución Del Gasoil

En conversación telefónica mantenida por ASAJA con los responsables de la Agencia Tributaria respecto al tema de la solicitud de la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, estos han transmitido lo siguiente:ÂPRIMERO.- TEMA SOLICITUD DEVOLUCION DEL IMPUESTO:Â1º.- Para solicitar la devolución del IEH es requisito imprescindible estar dado de lata en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.Â2º.- Como la mayoría de los agricultores y ganaderos, personas físicas solicitantes no estaban dados de Alta en el Censo, Hacienda lo que ha hecho es que a aquellos a los que se les concedió la devolución en el pasado ejercicio y además habían declarado rendimientos de actividad agraria en el IRPF en el ejercicio anterior les han dado dado de alta en el censo de oficio. Â3º.- Las entidades jurídicas, sociedades, etc… , es decir, aquellas figuras que no sean personas físicas, tienen que estar dadas de alta en el Censo para solicitar la devolución.ÂÂSEGUNDO.- TEMA REQUERIMIENTOS DE HACIENDA:ÂAhora viene la segunda parte; se están recibiendo en algunas provincias (especialmente a entidades jurídicas y alguna persona física) notificaciones de la Agencia Tributaria, en las que se inicia el procedimiento de verificación de datos relativos a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para Agricultores y Ganaderos y en los que se les requiere a los solicitantes por no figurar en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en el ejercicio solicitado. ÂSe les da un plazo de 15 días hábiles y se les adjunta un modelo para presentar las alegaciones oportunas.ÂPues bien, a lo largo de esta mañana, la solución que me ha dado el jefe de servicio de la Agencia Tributaria que lleva este tema, es la siguiente: (esto ha sido hablado y nunca lo darían por escrito, pues iría en contra de la propia Orden):ÂAquellos que reciban de Hacienda estas notificaciones tienen que:Â1º.- Anular la solicitud de devolución.(si se ha hecho telemáticamente, se entra en Internet y se anula) Â2º.- Presentar el escrito de alegaciones concreto alegando que : “Se ha anulado la solicitud por error en las facturas, en el recuento, etc..” ¡OJO! Nunca alegar que no estaba dado de alta en la fecha que le pedían porque antes no se pedía ese requisito.Â3º.- Darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores con fecha actual o del día que se dan de alta. (me indican que no habrá problema de sanciones, pues son conscientes que los solicitantes se tiene que dar de alta con fecha 2010 pues la mayoría no estaban antes en el Censo)Â4º.- Volver a presentar una nueva solicitud de devolución del IEH una vez hecho lo anterior.ÂEl responsable de la Agencia nos ha comunicado que como ha habido un gran desbordamiento en Hacienda con las altas de oficio, esperan que en septiembre queden resueltas dichas altas.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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