Publicado el 07/09/2010

Asaja Reclama Al Gobierno Medidas Incentivadoras Que Fijen Empleo En El Medio Rural

Pese a que las cifras del paro agrario arrojan un dato positivo como es la reducción en 109 por ciento del número de desempleados respecto al mes anterior, ni siquiera este hecho se puede considerar esperanzador ya que, lejos de reflejar una tendencia de recuperación, responde a situación coyuntural como es la mayor necesidad de mano de obra en las campañas de recolección de fruta y de uva que se desarrollan durante los meses de agosto y septiembre. Desde ASAJA mucho nos tememos que cuando estas recolecciones finalicen el desempleo en el sector volvera a crecer. Ademas, los datos publicados por Trabajo también reflejan un aspecto muy negativo como es el hecho de que aumente el paro en un 27,2 por ciento en la tasa interanual con respecto al mes de agosto de año anterior. Esto se traduce en 25.932 desempleados mas que hace ahora un año, engrosando las cifras de parados en el campo. Al problema del paro en el sector hay que añadir ademas, la grave falta de rentabilidad que sufren las explotaciones agrarias españolas como consecuencia de una profunda crisis de precios que afecta a la mayor parte de las producciones agroalimentarias, con precios en origen practicamente hundidos y unos costes de producción que se han incrementado en un 35 por ciento en los cinco últimos años. Como consecuencia de lo anterior, y también en el último quinquenio, la evolución de la renta agraria ha sufrido un descenso del 27 por ciento, según datos oficiales. El valor de nuestra Producción Final ha descendido en este tiempo de 42.000 millones de euros a poco mas de 38.500 millones y se han perdido 125.000 empleos. El sangrado de activos en agricultura es constante y la renovación generacional muy escasa (por cada nueva incorporación de un joven agricultor se registras seis jubilaciones o abandonos de la actividad). Ante este panorama, ASAJA exige al Gobierno la inmediata puesta en marcha de un marco de interlocución y negociación con el fin de arbitrar medidas de caracter fiscal y laboral que incentiven el empleo en el sector agrario y la incorporación de jóvenes agricultores así como medidas que frenen el número de abandonos.

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Preguntas frecuentes

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

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