Publicado el 18/04/2012

Presentamos Alegaciones A La Orden De Excepcionalidad De Ayudas De La Pac

La consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón ha remitido a las organizaciones agrarias el borrador de la orden de ayudas para implantar un mecanismo de excepcionalidad a los requisitos contenidos en algunas líneas de ayudas de la PAC en relación a los cultivos que pudieran ser afectados por la sequía y que debían alcanzar una determinada fase de crecimiento vegetativo para poder optar a los cobros.Desde ASAJA Huesca se van a formular algunas propuestas a ese documento, como por ejemplo que en la rotación de cultivos, las primeras cien hectáreas de una explotación dañada por la sequía se pueden acoger hasta en un 20% en el caso de leguminosas y proteaginosas, y este 20% no se tendría en cuenta para la condición de la ayuda de la PAC que se aplicaría a la totalidad de una superficie máxima de 100 has. Por otra parte, el reconocimiento de la administración hacia el estado vegetativo de floración y recolección no va a ser condición para anular las ayudas de la PAC como en las leguminosas. Otro punto en el que hacemos hincapié es el hecho de que esta excepcionalidad esté sujeta a una ayuda agroambiental del periodo 2007-2013; las ayudas agroambientales en secano y regadío en este período no van a ser objeto de sanción o reducción siempre y cuando estén sujetas a partidas presupuestarias.Desde ASAJA se sigue estudiando el borrador y se presentarán las alegaciones definitivas en los próximos días.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué es importante hacer análisis de suelo?

Se considera una herramienta más para el manejo de la explotación, no solamente la analítica de suelos, también de abonos químicos y de enmiendas orgánicas (purines), de hojas y de agua de riego sobre todo si es de pozo.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Qué son las enfermedades preexistentes?

Son las enfermedades que el interesado ya tenía antes de la contratación del seguro médico y dependerá del seguro contratado si puede tratarse o no, o qué coste extra tendrá ese tratamiento.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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