Publicado el 28/09/2012

Participamos En Las Jornadas De Harineras Villamayor Sobre Conocimiento De La Empresa Y Calidades De Trigos Panificables

Una representación de ASAJA Huesca ha asistido a las Primeras Jornadas de Harineras Villamayor dedicadas a dar a conocer esta importante empresa altoaragonesa y para potenciar entre los agricultores el trigo panificable.La dirección de Villamayor pretende con esta jornada abrir esta empresa de marcado carácter familiar y muy arraigada a la provincia de Huesca a los agricultores y a la sociedad en general, para lo que se ha cursado una visita a aus instalaciones respondiendo así a la fuerte demanda existente; también se pretende potenciar la inclusión del trigo blando panificable en las rotaciones del secano en colaboración mutua, y para ello se quiere dar continuidad manteniendo un contacto a lo largo de la campaña y realizando una jornada anual en la que tratar temas técnicos asociados al cultivo del trigo blando.Esta empresa familiar, nacida en 1934 se trasladó en 2009 de la fábrica de harinas de Huesca a Plasencia, y en el año 2011 ocupó el 2º lugar en Aragón y el 5º en España entre las empresas de su sector; poseen el mayor centro productivo de Aragón con una sección de 400 tm/24 h de trigo blando y 240 tm/24 h de trigo duro, una molturación anual de 90.000 tm de trigo blando y 60.000 tm de trigo duro aprox. Y una facturación en el año 2011 por valor de 50 mill. Euros aprox.Desde ASAJA Huesca se reconoce el valor añadido que aporta esta empresa familiar al movimiento económico provincial, teniendo en cuenta que otras firmas optan por estar más cerca de los puertos para tener salida a sus producciones y la materia prima más cerca, mientras que Villamayor ha apostado claramente por el territorio.Jorge Susín y Javier Alastruey, miembros de la Junta provincial, han participado en la jornada de puertas abiertas

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Preguntas frecuentes

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
  • Liquidaciones de IVA
  • Confección de los libros obligatorios
  • Requerimientos y certificados
  • Altas, bajas y modificaciones en la actividad agropecuaria
  • Sociedades civiles
  • Obtención de la firma electrónica
  • Y en general, todas aquellas obligaciones fiscales de personas físicas y sociedades 
¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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