Publicado el 08/04/2015

Solicitud De Devolución Del I.e.h. Del Gasóleo B

Desde el día 1 de abril de 2015 puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B consumido por agricultores y ganaderos en 2014.Esta presentación se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.¿Quiénes tienen derecho a la devolución?Los agricultores y ganaderos que en el periodo indicado hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.¿Qué consumos de gasóleo dan derecho a la devolución?Los consumos realizados en:a) Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura,b) Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.¿A cuánto asciende la devolución?- A partir del 2012:El importe a devolver será igual al resultado de aplicar el tipo de 78,71 euros por 1.000 litros sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura incluida la horticultura, ganadería, y silvicultura durante el año anterior, expresado en miles de litros.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿Qué necesito presentar para poder acceder al Plan Renove de Maquinaria?

Nosotros realizaremos el trámite y solicitud. Tu simplemente aportanos lo siguiente:

Facturas de la maquinaria nueva

Certificado de achatarramiento

Tarjetas de ROMA

Identificación de la explotación...

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