Publicado el 09/03/2016

Convocatoria De Ayudas De Instalación Y Modernización

SUBVENCIONES: INCORPORACIóN Y MODERNIZACIóN DE EXPLOTACIONESORDEN DRS/152/2016, de 15 de febrero, por la que se convocan subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2016.PRESENTACIóN DE SOLICITUDES:El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día 9 de marzo (fecha de la publicación de la orden en el Boletín Oficial de Aragón ), y finalizara el día 30 de abril de 2016.Solo podra presentarse para esta convocatoria una solicitud por NIF y por medida.De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la orden de bases reguladoras, no podran presentar nuevas solicitudes aquellos titulares con expedientes de campañas anteriores resueltos y sin certificar a fin de plazo de la convocatoria.La renuncia de titulares de expedientes resueltos en las convocatorias 2013 y 2014 impedira poder ser beneficiario en los dos convocatorias siguientes a las mismas.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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