Publicado el 15/02/2017

Asaja Aragón Solicita Que Se Declaren Como Inversiones De Interés Autonómico Las Inversiones Ganaderas Solicitadas En Todo El Territorio Aragonés

A día de hoy numerosas solicitudes de construcción o ampliación de instalaciones ganaderas permanecen bloqueadas en el INAGAEl reciente anuncio de la instalación en una localidad zaragozana de un complejo industrial y logístico ha tenido como reacción la declaración de la misma, por parte del Gobierno de Aragón, como inversión de interés autonómico. Esto supone un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones públicas aragonesas en sus distintos tramites administrativos, de cara a una reducción de plazos.Desde Asaja Aragón consideremos acertada esta decisión, dado que esta inversión va a suponer según estimaciones 4.000 empleos directos y un importante polo de desarrollo para la comarca de Valdejalón y las cercanas.Ahora bien en estos momentos numerosos proyectos de construcción y ampliación de instalaciones ganaderas estan bloqueados a falta de resolver los tramites administrativos necesarios para su aprobación. Estos proyectos no suponen la inyección de puestos de trabajo en un punto geografico concreto, pero contribuyen a la generación y mantenimiento de esos 10.173 puestos de trabajo que el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón calculó en el año 2012 que genera el sector porcino en Aragón. Puestos de trabajo que estan repartidos por todo el territorio de nuestra comunidad autónoma.Estas inversiones son realizadas por agricultores y ganaderos que buscan un medio de vida para poder mantener sus explotaciones agropecuarias abiertas, manteniendo su puesto de trabajo y en ocasiones contratando mano de obra fija. En muchas ocasiones se realizan en zonas donde no hay otras alternativas económicas viables, y en otras se trata de una diversificación productiva compatible con otras actividades.Hoy en día que se esta empezando a considerar la despoblación como uno de los serios males para nuestro país facilitar este tipo de inversiones contribuiría a mitigar este problema.Así pues consideramos que el conjunto de estas inversiones ganaderas, ya sean de modelo extensivo o intensivo, suponen también un beneficio que merece que sean declarados como inversión de interés autonómico, con la consiguiente reducción de plazos en su tramitación.Mas información:José Fernando Luna (vicepresidente y portavoz Asaja Aragón 663984828)

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Preguntas frecuentes

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Presta ASAJA información y asesoramiento en relación contratos de arrendamientos rústicos?

Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
  • Liquidaciones de IVA
  • Confección de los libros obligatorios
  • Requerimientos y certificados
  • Altas, bajas y modificaciones en la actividad agropecuaria
  • Sociedades civiles
  • Obtención de la firma electrónica
  • Y en general, todas aquellas obligaciones fiscales de personas físicas y sociedades 
¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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