Publicado el 25/02/2013

Asaja Aragón Presentrara Alegaciones Al Proyecto Del Gobierno De Aragón De Delimitación De Zonas De Protección Para La Alimentación De Especies Necrófagas

El Boletín Oficial de Aragón informaba el pasado viernes 22 de febrero la apertura del plazo de información pública del “proyecto de decreto del Gobierno de Aragón por el que se delimitan las zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitarioen Aragón y se regula la alimentación de dichas especies en estas zonas con subproductos animales no destinados al consumo humano procedentes de explotaciones ganaderas”. Mediante este decreto se pretende regular las zonas en la que explotaciones ganaderas extensivas pueden depositar subproductos animales para la alimentación de aves necrófagas, así como las explotaciones autorizadas y el procedimiento para llevarlo a cabo.Según el Secretario General de ASAJA ARAGóN, angel Samper, “vamos a hacer un minucioso estudio del borrador de decreto, ya que pensamos que ha cambiado poco la situación de antes con la de ahora. Lo que debe hacer este decreto es facilitar el trabajo a los ganaderos extensivos que cumplan las condiciones, y que les sea rentable económicamente”.Este borrador de decreto fue facilitado a ASAJA ARAGóN por parte de la Dirección General de Conservación del Medio Natural de la Diputación General de Aragón (DGA). También se informó que la DGA va a proceder a efectuar el pago de ayudas a las explotaciones ganaderas en las zonas de presencia de oso pardo, pendientes desde la última convocatoria de 2010. Son 150 expedientes, a los que llegara el pago una vez que Intervención de su visto bueno. En palabras de angel Samper “esperamos que sea lo antes posible, ya estas explotaciones ubicadas en zonas de montaña tienen ademas pendientes el pago de otras ayudas como la Indemnización Compensatoria y varias ayudas al vacuno, y han sufrido ademas recortes en ayudas agroambientales. Todo esto afecta seriamente a la rentabilidad de estas explotaciones ubicadas en zonas en las que mantener la actividad supone un alto coste”.

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Preguntas frecuentes

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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