Publicado el 14/05/2010

Asaja Aragón Pide A La Dga Que Apruebe Una Ley Para La Venta Directa De Productos Agroalimentarios

Nuestros vecinos de la Comunidad Foral de Navarra han aprobado hace unos días una ley que permite la venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera, lo que permite a las pequeñas y medianas explotaciones desarrollar una interesante actividad que complementara las rentas de las familias rurales. “Es una petición que ya planteamos y se aprobó en la Mesa de la Montaña de Aragón, y creemos que es un buen momento para estudiar la posibilidad de dar este paso cuanto antes”, señala Carlos Ferrer, Secretario General de ASAJA Aragón.ÂDesde ASAJA se contempla esta posibilidad como una opción muy valida de dotar a las explotaciones familiares de mecanismos para poder complementar las rentas, como lo es la opción del Turismo Rural, que tan buenos resultados esta dando en Aragón en las últimas décadas. “En países como Francia, la venta directa en las explotaciones de productos realizados de forma artesana por los propios agricultores y ganaderos, tiene enorme tradición y arraigo. Se fomenta un ciclo corto y directo de comercialización, con relación directa productor-comprador y con una calidad y una trazabilidad muy interesantes para el cliente”, argumenta Carlos Ferrer.ÂLa aprobación de una ley que permitiera la venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera, según ASAJA puede reportar beneficios a medio plazo para el sector, pues según Carlos Ferrer “se fomenta la viabilidad de las explotaciones, puede ser generadora de empleo y permitir la incorporación de los jóvenes y se eliminarían algunas injusticias de los margenes comerciales asociados a algunos productos agrarios de los que el alto precio no repercute en el productor si no que obedece al encarecimiento por el traslado, intermediación y comercialización del producto, aspectos éstos que quedarían minimizados”. No obstante desde ASAJA se deja claro que estos productos deberían cumplir con todos los requisitos legales y sanitarios según la legislación vigente, con absoluta garantía para los consumidores. En cuanto a la variedad de los productos, el abanico es amplio, desde zumos y mermeladas, vinos, licores, lacteos, huevos, miel y derivados, carnicos, aceite, o vegetales para infusión, podrían formar parte de estos productos susceptibles de venta directa.ÂCarlos Ferrer ha señalado que “desde ASAJA ya planteamos esta iniciativa en nuestras propuestas en la Mesa de la Montaña, y viendo ahora que nuestros vecinos navarros ya han dado el paso, nos hemos dirigido de nuevo al departamento de Agricultura y Alimentación, para retomar esta iniciativa que nos parece muy interesante y que podamos consensuar sacarla adelante aquí en Aragón porque el sector lo recibira como una buena iniciativa, pero por eso pedimos que se haga ya.

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Preguntas frecuentes

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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