Publicado el 07/11/2012

Asaja Aragón Participó En La Comisión Del Agua

ASAJA, como representante de usos agrícolas en la Comisión del Agua de Aragón, apoya a la ponencia de bases sobre el informe que ha elaborado y que sirve como alegación al Plan Hidrológico de la demarcación del Ebro. Aunque discrepamos en la propuesta número 4, en la cual se exige que se cumplan cuatro requisitos para la creación de nuevos regadíos; esos requisitos son la viabilidad ambiental, social y económica, así como que estos estén sujetos a regulaciones anteriores, motivo por el cual ASAJA Aragón en el conjunto de alegaciones al Plan Hidrológico de Ebro incluira una alegación intentando que los nuevos regadíos no estén sujetos a la regulación anterior.En el turno de ruegos y preguntas, Fernando Luna, indico que en cuanto a las actuaciones sobre las catastrofes de las riadas, entendemos que restablecer el abastecimiento humano y animal, es prioritario, pero creemos que también son necesarias las ayudas a la reconstrucción de las infraestructuras agrícolas dañadas como caminos, azarbes, acequias y azudes de ríos.En la reunión también se organizaron las distintas ponencias pendientes; así, por ASAJA-CREA, Arturo Pascual participara en la ponencia de Obras Hidraulicas, perteneciendo ya Fernando Luna a la Comisión Permanente.

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Preguntas frecuentes

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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