Publicado el 11/04/2013

Asaja Aragón Mantiene Una Reunión Con Ganaderos Del Sobrarbe Y La Ribagorza

Asaja Aragón celebró el día 10 de abril una reunión informativa en Boltaña, a la que acudieron numerosos ganaderos de Sobrarbe y Ribagorza.En la misma participaron angel Samper, Secretario General de Asaja Aragón, Enrique Novales, Jefe de Servicio de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario de la DGA, y técnicos de Asaja.ÂEnrique Novales explicó las novedades de la tramitación electrónica de guías de movimiento de animales, gracias a las cuales los ganaderos pueden ahorrarse desplazamientos en algunos de los tramites previos al desplazamiento de animales.José Antonio Salas, técnico de Asaja, desgranó las novedades del nuevo cuaderno de explotación, así como las inspecciones que deben de pasar las maquinas de aplicación de productos fitosanitarios.angel Samper informó de las últimas novedades de la reforma de la PAC 2015-2020, haciendo hincapié en las reuniones mantenidas en Bruselas para la defensa de la ganadería extensiva, tema de gran preocupación entre todos los asistentes.Al final de cada una de las ponencias se generó un animado debate, si bien fue la última la que mas preguntas generó. angel Samper dejó claro que “desde Asaja Aragón estamos luchando para conseguir un buen acuerdo para todos los sectores, si bien la ganadería extensiva esta concentrando nuestros esfuerzos por la situación tan negativa que de partida ha tenido en esta reforma”.Referente a los recortes que en ayudas de desarrollo rural estan sufriendo las zonas desfavorecidas, aclaró Samper “no estamos de acuerdo con estos recortes, ya que la ganadería y agricultura de estas zonas soporta un sobrecoste que el mercado no asume. Si estas ayudas el sector primario de estas zonas esta abocado a desaparecer, algo que lamentaremos todos”.

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Preguntas frecuentes

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Qué ocurre si no tengo el cuaderno de campo actualizado?

Reducción o exclusión del beneficio de los pagos directos.  Por el incumplimiento de las buenas condiciones agrarias y mediambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de  viñedo.

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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