Publicado el 29/04/2010

El Sector Vitivinícola Solicita Urgente Entrevista A La Consejería De Agricultura Y Alimentación Por Problemas Con El Sigpac

El miércoles tuvo lugar en Zaragoza una importante reunión del sector vinícola aragonés, en el que estuvo presente ASAJA junto a representantes de consejos reguladores de denominaciones de origen, otras organizaciones agrarias y cooperativas, todo el sector unido para analizar las consecuencias de la aplicación del SIGPAC a las parcelas de viña y para estudiar las actuaciones que puedan ser pertinentes de cara a remediar los problemas que afectan a los intereses de los profesionales del sector y a las empresas.ÂEl sector señala que la norma editada por el FEGA (la referencia Pro_Del_V_02 referente al Procedimiento para la delimitación del Uso Viñedo en el SIGPAC) supone claras afecciones directas a los viticultores, a los consejos reguladores, a las bodegas y al propio potencial del sector. Entre otras cuestiones denuncian que supone una pérdida patrimonial por el derecho de plantación; los problemas técnicos que origina la malla corrida; también afecta a los planes de reestructuración y a las entregas en bodega (por el límite de producciones por hectarea; también condiciona la modificación del registro Vitícola y afectara a los futuros arranques.ÂAnte la cercanía de la conclusión de la campaña PAC 2010, las organizaciones agrarias, consejos reguladores y cooperativas han solicitado una reunión urgente a la consejería de Agricultura y Alimentación, y han manifestado que aconsejan a los viticultores afectados que realicen las oportunas alegaciones al SIGPAC en contra de la disminución de superficie, y para ello han informado que en las sedes de las distintas organizaciones se dispondra de un modelo de “alegación tipo” para los afectados.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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