Publicado el 28/03/2012

El Ministro Insinúa Que Puede Haber Elecciones Agrarias

En una sesión de control al Gobierno, el titular del Magrama, Miguel Arias Cañete ha respondido a una interpelación de CiU señalando la necesidad de abrir un proceso democratico para fijar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, de modo que hay que establecer qué organizaciones son representativas a nivel nacional como interlocutoras del sector. Para medir esa representatividad el ministro ha señalado que el gobierno estudia las distintas posibilidades, bien podrían ser métodos indirectos como número de afiliados y sedes, o mediante un proceso electoral que según Cañete “es lo que nos parece mas apropiado”.Ese proceso electoral comenzaría con la definición de quién obtiene la condición de elector, si los afiliados a la SS, los perceptores de las ayudas PAC, los delirantes del IRPF y al impuesto de sociedades por ingresos procedentes de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, y a partir de ahí diseñar la propuesta.El ministro ha señalado que el sistema empleado hasta 2005 de elecciones directas a Camaras Agrarias no era del todo satisfactorio toda vez que no todas las comunidades autónomas habían realizado proceso electoral y actualmente las Camaras Agrarias han sido desposeídas de todas sus funciones tradicionales que justificaban su existencia. Según el ministro también hay que definir el censo electoral, ya que el listado de profesionales dado de alta en el régimen de autónomos de la SS no llega a los 400.000 frente al mas del millón contabilizados en las encuestas del INE y al millón de perceptores de ayudas PAC.Cañete ha concluido señalando que “este es un sistema mejorable y la intención del Gobierno es buscar con el maximo dialogo y consenso con las organizaciones agrarias y las comunidades autónomas, un sistema de elección que fije la representatividad a nivel nacional”.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Por qué asegurar mi producción?

Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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