Publicado el 22/06/2012

El Ministerio Anuncia Que El Nuevo Plan Hidrológico Del Ebro Estara Aprobado En Junio De 2013

Juan Urbano, director general de Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, aseguró en Logroño que el nuevo Plan Hidrológico del Ebro estara aprobado en junio de 2013, después de su presentación el pasado mes de mayo.Urbanoexplicó que el marco institucional de gestión del agua esta bloqueado y la previsión es aprobar los Planes Hidrológicos para diciembre de 2013, pese a que la Unión Europea (UE) obligaba a haberlos presentado en 2009. Desde el ministerio se teme que como, a fecha actual sólo se ha presentado el Plan de las Cuencas de Cataluña, España podría ser sancionada en cualquier momento.Urbano mostró su satisfacción con el Plan presentado para la cuenca del Ebro, cuyos tramites, según indicaba, ‘van bien’, pese a que se trata de una cuenca ‘complicada’.Fanlo ha señalado que lo mas difícil en el diseño de este Plan ha sido determinar los caudales ambientales, sobre todo, del tramo final del Ebro, dado que hay que satisfacer las demandas de regadío, abastecimiento urbano y usos industriales con la sostenibilidad del entorno.Urbano aseguraba que el delta del Ebro es un espacio que ya esta protegido con los caudales actuales, por lo que, ante la propuestas de un trasvase a esta zona, cree que ‘no hay por qué pensar que, con el nuevo caudal, que sera superior, se deteriore esta zona’.El reto ahora es, según ha dicho, instrumentar un procedimiento para poder presentar los planes cada cinco años, como marca la Unión Europea. También explicó que la unidad de cuenca es un principio vital para poder gestionar ‘de forma coherente’ cualquier río, lo que, en España, llevan a cabo las Confederaciones Hidrograficas, como un organismo autónomo dependiente del Estado, pero con representación de todas las comunidades.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

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