Publicado el 01/04/2010

El Documento Definitivo Sobre Ganadería De Montaña Se Aprobara La Próxima Semana

En el preambulo del trabajo sobre la actividad agraria en la montaña se alerta de que, en la actualidad, si no se toman medidas, se podría decir que ‘a la ganadería de montaña le quedan los días contados como sector. La fijación de la población en el medio rural y el apoyo a las políticas medioambientales son papel mojado mientras no se vea rentabilidad y relevo generacional’. La Mesa ve fundamental ‘identificar los problemas de aplicación de la normativa existente en materia de usos agrícolas y ganaderos (legalización de instalaciones, implantación de nuevas explotaciones, gestión de animales muertos, urbanismo, etcétera) teniendo en cuenta la singularidad de los territorios de montaña y adoptar criterios administrativos adecuados para resolverlos, incluyendo, en su caso, modificaciones puntuales de dicha normativa’.El documento incorpora varias recomendaciones como ‘garantizar el bienestar de los profesionales del sector primario y de sus familias’; ‘considerar a los sectores agrícolas y ganaderos como gestores históricos de las montañas’ y que sean ‘reconocidos como gestores medioambientales’; ‘garantizar la rentabilidad de la agricultura y la ganadería de montaña y apoyar a las explotaciones familiares’ o ‘ser reconocidos socialmente y solicitar que se cuente con el sector a la hora de planificar y gestionar los espacios incluidos en la Red Natural de Aragón’.El 14 de abril, la Mesa de la Montaña entregara al presidente del GA y al de las Cortes, Marcelino Iglesias y Francisco Pina, el fruto de su trabajo. Aparte del documento sobre ganadería de montaña, hay otros dos ya aprobados que resultan ‘fundamentales’ y que hacen referencia al modelo de desarrollo para los territorios de montaña y los criterios que deben cumplir los proyectos de nieve.

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Preguntas frecuentes

¿Qué parámetros debo pedir en una analítica de suelos?

Depende de cada caso, aunque lo más normal es la solicitud de macroelementos, en otros casos es importante solicitar otros parámetros para solucionar posibles deficiencias nutricionales. Lo mejor en realizar una consulta previa en nuestras oficinas.

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Es necesario SIGFITO?

La entrega de envases vacíos  en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.

Aquellas personas que  presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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