Publicado el 27/04/2010

El Consejero Arguilé “desafía” A Las Organizaciones Agrarias

La Ley de Representatividad Agraria se ha convertido en un auténtico “campo de batalla” entre la administración autonómica y las organizaciones profesionales agrarias. Ayer tenía lugar una nueva reunión en la que quedaba patente una vez mas las diferencias entre todas las partes presentes, a lo que el consejero de Agricultura y Alimentación Gonzalo Arguilé contestó que o en una semana hay un acuerdo o su departamento impondra la suya “caiga quien caiga, y esté conforme quien esté conforme”. Todo un desafío, sobre todo para ASAJA y Uaga, las mas disconformes con los planteamientos de Arguilé.La propuesta de la DGA es que la Representatividad se mida por el número de afiliados al corriente de pago de cada sindicato, medición a realizar mediante acta notarial y cada 6 años, una medida muy criticada desde ASAJA, pues como dice Carlos Ferrer, secretario regional, “la consejería quiere desvirtuar la representatividad y hacer de los sindicatos agrarios meros gestores o elementos consultivos”. Desde ASAJA también hemos sido muy críticos en que el propio Arguilé se ha venido saltando la normativa desde siempre, pues la representatividad en Aragón la poseen las organizaciones que superaran el 15% de los votos en las elecciones agrarias (las últimas datan del 2001) y en ellas, solo ASAJA y Uaga consiguieron superar ese listón, y consiguieron entre ambas casi el 90% de los votos. Sin embargo, en la mesa se han sentado siempre por decisión de la consejería Upa y Araga, saltandose la normativa vigente.Por lo que respecta al patrimonio agrario, es otro foco de tensión, puesto que desde ASAJA apostamos por un reparto acorde con la representatividad que se consiguió en las últimas elecciones agrarias y se recuerda que “si no hay una representatividad mas actualizada no ha sido culpa nuestra, pero en todo caso parece que lo que se busca es favorecer a alguna de las partes, y no lo vamos a permitir”.Desde la DGA se plantea que el patrimonio decidira si lo reparte entre las opas o lo gestiona desde una fundación, siempre para fines agrarios como formación, investigación, etc. De ese patrimonio forma parte en Huesca la sede de la camara agraria (en la calle San Jorge) y una finca en Huesca de unas 50 has.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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