Publicado el 11/05/2012

El Comité Mixto Hispano-franco-italiano Debatió La Plena Inclusión Del Sector De Frutas Y Hortalizas En El Régimen De Pago único De La Pac

Bajo la supervisión de la secretaria de Estado del Magrama, Isabel García Tejerina, en el marco de la reunión del Comité Mixto Hispano-Franco-Italiano de frutas y hortalizas, celebrada en Madrid, se debatió la plena inclusión de este sector en el régimen de pago único de la PAC, así como la puesta en marcha urgente de medidas eficaces de gestión de crisis.La inclusión de las frutas y hortalizas en el nuevo régimen de pagos directos permitira, según los exportadores, suprimir la discriminación y la distorsión de la competencia que sufren actualmente los productores tradicionales de este sector.Con relación a las medidas de gestión de crisis, los representantes de la administración confirmaron que la Comisión Europea presentara una propuesta de Reglamento para la reforma de estas medidas así como para la reforma del régimen de precios de entrada en el próximo Comité de Gestión del 22 de mayo. En este sentido, productores y exportadores pusieron de manifiesto la necesidad de que sean medidas eficaces que supongan una mejora real y no meras propuestas de imagen que mantengan la ineficaz situación actual.El Comité Mixto acordó también la creación de un dispositivo de información entre los tres países que lo conforman: Francia, Italia y España, que permitira a los agricultores y a las Administraciones un seguimiento semanal de los mercados de los principales productos.La reunión del Comité Mixto Hispano-Franco-Italiano de frutas y hortalizas, celebrada ayer, en Madrid, estuvo copresidida por la secretaria general de Agricultura, Isabel García Tejerina, por parte del Ministerio de Agricultura Español; por Eric Allain, director de Políticas Agrícolas, Agroalimentarias y de los Territorios del Ministerio de Agricultura francés y por Felice Assenza, director general de Políticas Comunitarias y de Mercados Internacionales del Ministerio de Agricultura Italiano. Contó con la participación de un elevado número de representantes de los sectores de frutas y hortalizas de los tres países.El Comité Mixto hispano-francés de frutas y hortalizas se creó en 1997 y reúne periódicamente a las administraciones y productores de ambos países. Italia se incorporó en el año 2010. En el marco del Comité Mixto se han creado grupos de contacto por producto: fresa, tomate, ajo, manzana y melocotón-nectarina, que se reúnen anualmente y en los que se analiza la situación de cada producto en los mercados, la problematica y asuntos de interés común. Este año ya se han reunido los grupos de tomate, ajo y fresa y próximamente se reuniran los grupos de melocotón y nectarina y de manzana.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

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