Publicado el 10/05/2010

El Boe Publica Una Orden Que Exime A Los Ganaderos De La Obligación De Costear Los Mer Animales

La Asociación de Productores de Vacuno (ASOPROVAC) ha informado que la Orden ARM/1163/2010, de 29 de abril, ha sido publicada en el BOE, y modifica la Orden APA 1556/2002 de 2 de junio por la que se establece un nuevo sistema de control de los subproductos generados en la cadena alimentaria carnica. Âéste clarifica que el momento a partir del cual se generan los subproductos de matadero, y mas concretamente, los materiales especificados de riesgo (MER), es el sacrificio del animal.ÂLa nueva Orden, excluye por tanto de toda obligación, en cuanto a estos costes, las fases anteriores al sacrificio, incluida la entrega del animal por parte del ganadero a una empresa o industria carnica para proceder a su sacrificio por considerar que esta actuación no supone en modo alguna generación de subproductos.“La publicación de esta Orden –afirman desde ASOPROVAC- pone fin al abuso que supone el cobro a los ganaderos de los subproductos MER generados en matadero, aclarando definitivamente que el ambito de la norma afecta únicamente a los subproductos generados en la industria carnica y no a todos los subproductos”.ÂUna vez publicada dicha Orden, ASOPROVAC advierte de la ilegalidad que supondría obligar a los ganaderos a soportar descuento alguno por un concepto que, según la base legal establecida, no les corresponde y deben repercutirse a los eslabones siguientes en la cadena de producción carnica.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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