Publicado el 10/05/2010

El Boe Publica Una Orden Que Exime A Los Ganaderos De La Obligación De Costear Los Mer Animales

La Asociación de Productores de Vacuno (ASOPROVAC) ha informado que la Orden ARM/1163/2010, de 29 de abril, ha sido publicada en el BOE, y modifica la Orden APA 1556/2002 de 2 de junio por la que se establece un nuevo sistema de control de los subproductos generados en la cadena alimentaria carnica. Âéste clarifica que el momento a partir del cual se generan los subproductos de matadero, y mas concretamente, los materiales especificados de riesgo (MER), es el sacrificio del animal.ÂLa nueva Orden, excluye por tanto de toda obligación, en cuanto a estos costes, las fases anteriores al sacrificio, incluida la entrega del animal por parte del ganadero a una empresa o industria carnica para proceder a su sacrificio por considerar que esta actuación no supone en modo alguna generación de subproductos.“La publicación de esta Orden –afirman desde ASOPROVAC- pone fin al abuso que supone el cobro a los ganaderos de los subproductos MER generados en matadero, aclarando definitivamente que el ambito de la norma afecta únicamente a los subproductos generados en la industria carnica y no a todos los subproductos”.ÂUna vez publicada dicha Orden, ASOPROVAC advierte de la ilegalidad que supondría obligar a los ganaderos a soportar descuento alguno por un concepto que, según la base legal establecida, no les corresponde y deben repercutirse a los eslabones siguientes en la cadena de producción carnica.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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