Publicado el 05/10/2011

El Boe Publica Hoy La Ley Sobre Titularidad Compartida De Explotaciones Agrícolas

En su edición de hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado al fin la Ley 35/2011 de 4 de octubre sobre titularidad compartida de explotaciones agrarias, que entrara en vigor en tres meses y que persigue la regulación de la titularidad compartida en su objetivo de ‘promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural’ a través del reconocimiento jurídico y económico de su participación en la actividad agraria. En caso de no constitución de titularidad compartida, el objeto de la norma es la regulación de los derechos económicos generados a favor del cónyuge o persona vinculada por ‘relación de afectividad’, frente al titular de la explotación agraria, como contraprestación por su actividad agraria, ‘efectiva y regular’ en la explotación. Las personas cotitulares deberan estar dadas de alta en la Seguridad Social, ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo ‘directo y personal’ y residir en el ambito territorial rural en que radique la explotación. Para que dispongan de todos sus beneficios jurídicos, sera precisa su inscripción en un registro habilitado a tal efecto por las comunidades autónomas. La ley recoge que las subvenciones y ayudas directas o de desarrollo rural asociadas a la explotación agraria de titularidad compartida corresponderan ‘por mitades iguales a favor de cada uno de los cónyuges o miembros de la pareja de hecho titulares’.

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Qué necesito presentar para poder acceder al Plan Renove de Maquinaria?

Nosotros realizaremos el trámite y solicitud. Tu simplemente aportanos lo siguiente:

Facturas de la maquinaria nueva

Certificado de achatarramiento

Tarjetas de ROMA

Identificación de la explotación...

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
Resumen de privacidad
ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

Puede configurar sus preferencias y elegir como quiere que sus datos sean utilizados para los siguientes propósitos.

Strictly Necessary Cookies

Strictly Necessary Cookie should be enabled at all times so that we can save your preferences for cookie settings.

Cookies de terceros

<strong>GOOGLE ANALYTICS</strong>

Esta web utiliza servicios de análisis, concretamente, <strong>Google Analytics</strong> para ayudar al website a analizar el uso que hacen los usuarios del sitio web y mejorar la usabilidad del mismo, pero en ningún caso se asocian a datos que pudieran llegar a identificar al usuario. <strong>Google Analytics</strong> es un servicio analítico de web prestado por Google Inc. El usuario puede consultar <a href="https://www.google.es/intl/es/policies/technologies/types/" target="_blank" rel="noopener"><em>aquí</em></a> el tipo de cookies utilizadas por Google.