Publicado el 24/03/2010

Documento De Consenso Sobre La Ganadería De Montaña

La reunión de trabajo tuvo lugar en la Camara Agraria Provincial, en Huesca, y en la que representantes de ASAJA, Uaga, Instituto Pirenaico de Ecología (IPE), municipios de Teruel y el Departamento de Agricultura consensuaron un documento sobre la ganadería que se sometera para su aprobación en la próxima reunión de la Mesa de la Montaña, prevista para el martes día 30. En el seno de la Mesa de la Montaña ASAJA y Uaga presentaron un documento de consenso, pero los municipios de Teruel y el IPE presentaron también los suyos, por lo que se acordó celebrar una reunión de la que extraer un único documento consensuado.Sobre las propuestas que se defienden en el documento ya consensuado, entre las mas importantes figuran el facilitar la comercialización de los productos de las zonas de montaña (tramites sanitarios y de transformación); considerar la ganadería extensiva como un servicio medioambiental preciso, garantizando que exista una carga ganadera mínima en todo territorio de montaña; tomar medidas para facilitar la actividad o estimar al habitante de montaña como necesario para el mantenimiento del medio, o la necesidad de que se tenga en cuenta a la población del territorio a la hora de tomar decisiones importantes como la reintroducción de especies, nuevos proyectos, ampliaciones de estaciones de esquí o de espacios protegidos, etcétera. El técnico de ASAJA y representante en la Mesa de la Montaña, Ramón Ballarín, señaló sobre la reunión de ayer que somos ‘optimistas’ sobre el documento consensuado y estimó que no habría problemas para que se apruebe en la próxima reunión del órgano participativo. En la reunión de ayer, el Departamento de Agricultura estuvo representado por Ramón Iglesias y José Miguel Malo. En las aportaciones que presentaron por parte de la administración, según explicó Ballarín, se expuso la ‘preocupación que tiene el Departamento de posibles recortes por parte de la política agraria comunitaria de cara a la siguiente reforma’. Asimismo, le dieron ‘mucha importancia a lo que es la agroindustria’ y son partidarios ‘de flexibilizar o reinterpretar lo que son las ubicaciones de granjas en montaña’, añadió. ‘Han sido positivos al cien por cien y se han convertido un poco en cómplices de los agricultores y ganaderos’, valoró el técnico de ASAJA.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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