Publicado el 23/03/2010

Desde El 1 De Abril Se Prohíbe Hacer Fuego Al Aire Libre

A partir del 1 de abril hasta el 15 de octubre, ambos incluidos, se establece la época de peligro de incendios forestales en Aragón, según recoge la Orden del Departamento de Medio Ambiente sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad para la campaña 2010/2011 que se publicó en el Boletín Oficial de Aragón. Esta norma es aplicable a todos los terrenos definidos como monte en la Ley de Montes de Aragón y los destinados a cualquier uso que se encuentran en una franja de 400 metros alrededor del monte, salvo los terrenos de los núcleos de población y de instalaciones industriales o de otra índole que queden aislados por una línea de edificación suficiente que garantice la imposibilidad de propagación. Quemas agrícolasEn cuanto a las quemas agrícolas y forestales, quedan prohibidas durante la época de peligro como norma general y requeriran de autorización o notificación previa del Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de cada provincia en función del tipo de restos vegetales a quemar. En el caso de las notificaciones, deberan realizarse con una antelación de 7 días respecto a la fecha de realización de la quema. Durante este periodo, y con caracter excepcional, se podran quemar restos agrícolas y forestales y despojos vegetales para prevenir daños causados por plagas o evitar otros riesgos de mayor gravedad. La Orden permite, también de manera excepcional hasta el 31 de mayo, la quema de restos de poda de olivo con fines fitosanitarios, siempre que no haya continuidad espacial con otros residuos o restos vegetales sobre el mismo terreno.

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Preguntas frecuentes

¿Qué son las enfermedades preexistentes?

Son las enfermedades que el interesado ya tenía antes de la contratación del seguro médico y dependerá del seguro contratado si puede tratarse o no, o qué coste extra tendrá ese tratamiento.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…

¿Es necesario SIGFITO?

La entrega de envases vacíos  en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.

Aquellas personas que  presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.

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