Publicado el 20/08/2010

Asaja Aragón Denuncia Que Se Tambalean Los Apoyos A La Incorporacion De Jóvenes A La Agricultura

ASAJA Aragón muestra su profunda preocupación ante la incertidumbre en las Ayudas a la incorporación de jóvenes a la agricultura y mejora de explotaciones en la convocatoria del año 2010. La organización denuncia que desde el Departamento de Agricultura de la Diputación General de Aragón se esta instando a los solicitantes de incorporación a la agricultura a realizar sus inversiones en un plazo extremadamente corto, antes del 15 de octubre, así como a tener la capacitación suficiente de forma inmediata, requisito que no figura en las bases de la convocatoria ni en la Orden publicada en el BOA para este ejercicio. En caso de no ser así no se les da una respuesta clara de cuando se resolvera su expediente y cuando recibiran la ayuda correspondiente, si es que la hay.ÂDesde ASAJA Aragón se muestra una gran preocupación también por el caso de los expedientes de mejora de explotaciones se desconoce también cuando se aprobaran y se liquidara el importe oportuno. “Este hecho es especialmente grave, ya que dentro de esta línea se apoyan diversas inversiones como la transformación de regadíos o ayudas a la ganadería extensiva, ambos sectores con graves problemas de rentabilidad en las últimas campañas”, argumenta Carlos Ferrer, secretario general de ASAJA Aragón.ÂEste recorte se suma al sufrido este mismo año en la ayudas al Plan Renove de Maquinaria Agrícola, que ya denunció ASAJA hace unas semanas que se habían “desplomado”, cayendo de una cantidad superior a los 7 Millones de € (en concreto 7.200.000 € en 2009) a los ínfimos 660.000 € en 2010, con lo que estamos viendo como se esta dejando de lado el sector primario, un sector estratégico en lo económico y fundamental en lo social.ÂASAJA Aragón quiere recordar que estas ayudas se incluyen en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón, parte de cuyos fondos provienen de lo detraído de las ayudas directas de la PAC (Modulación), con un cuadro presupuestario aprobado para el período 2007-2013, y si disminuye el dinero que pone la Comunidad Autónoma en la cofinanciación, se pierden las aportaciones estatales y comunitarias (aproximadamente tres cuartas partes del total).

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Preguntas frecuentes

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
  • Liquidaciones de IVA
  • Confección de los libros obligatorios
  • Requerimientos y certificados
  • Altas, bajas y modificaciones en la actividad agropecuaria
  • Sociedades civiles
  • Obtención de la firma electrónica
  • Y en general, todas aquellas obligaciones fiscales de personas físicas y sociedades 
¿Por qué asegurar mi producción?

Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

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