Publicado el 29/03/2012

Casi Nulo Seguimiento De La Huelga General En El Sector Agrario

Día de normalidad absoluta, ausencia de incidentes reseñables y muy escaso seguimiento en el campo en la jornada de huelga general convocada por las centrales sindicales. Hoy, 29 de marzo, las tareas del campo se desarrollan con normalidad en todas las zonas productoras, incluidas aquellas donde se registra mayor afluencia de trabajadores como el caso de la fresa en Huelva y los cultivos de invernadero en Almería.Las producciones ganaderas tampoco se han visto afectadas en esta jornada, ya que tanto las tareas de recogida de leche como las de sacrificio de animales en matadero se han organizado previamente en previsión de posibles incidencias. Por su parte, las transacciones comerciales en mercado se realizan con normalidad.Tan solo el transporte de mercancías agrícolas y ganaderas se ha ralentizado o en algunos casos se ha pospuesto hasta mañana. La incidencia de la huelga en las cooperativas y en el sector del manipulado y/o envasado es también baja aunque de distinta consideración. En la mayoría de los casos se trabaja con normalidad, aunque a puerta cerrada.En el sector agroindustrial tampoco hemos detectado cese de actividad.En cuanto a la provincia de Huesca, en términos generales puede decirse que el seguimiento de la huelga apenas alcanzaba el 10%, con normalidad en la casi totalidad de cooperativas, empresas de semillas y abonos, empresas de servicios, grandes bodegas, etc.

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
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