Publicado el 18/03/2016

Campaña Renta 2016: Calendario

La campaña para la DECLARACION DE RENTA 2016 ya esta a la vuelta de la esquina.Desde la Agencia Tributaria cada campaña se anticipa mas el inicio de las presentaciones y se facilita mas al contribuyente el cumplimiento de las obligaciones fiscales.El calendario para este año es el siguiente:6 de abril: Inicio de los servicios telematicos. Solicitud del borrador / datos fiscales / información telefónicaInicio de las presentaciones telematicas4 de mayo:Inicio del servicio de cita previa10 de mayo:Inicio de la atención presenciasl en las oficinas de la Agencia Tributaria25 de junio:Fecha límite para la presentación con domiciliación bancaria29 de junio:Ultimo día para solicitar cita previa en las oficinas de la Agencia Tributaria30 de junio:Ultimo día de la campaña de Renta 2015MANUAL PRACTICO DE RENTA Y PATRIMONIO 2015NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN I.R.P.F.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Aporta algún beneficio realizar una analítica de suelos?

En primer lugar nos informa del tipo de suelo que tenemos en nuestra explotación para ayudarnos a comprender el comportamiento de nuestros cultivos, y en su caso nos ayuda en el manejo del agua de riego. Indudablemente puede suponer un beneficio económico directo al ajustar debidamente la cantidad de abono a aportar según las necesidades de nuestro cultivo y nuestro tipo de suelo.

¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.

 

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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