Publicado el 03/12/2012

Asaja Valora La Reducción Del Módulo Para El Olivar

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicó en el BOE la Orden que contempla, desde la presente campaña y con caracter estructural, la rebaja del módulo del olivar en el IRPF, que hasta ahora estaba en el 0,32 y que a partir de ahora se sitúa en el 0,26. Desde ASAJA se ha acogido con satisfacción esta reducción ya que era una medida reivindicada por nuestra organización por ser fundamental para paliar la pérdida de rentabilidad que sufre el sector olivarero.   ASAJA ha denunciado en numerosas ocasiones la crisis que padece el olivar, cuyo índice de tributación no tenía correlación con la pérdida de ingresos que vienen sufriendo los productores en los últimos cinco años. Esta situación  motivó las reducciones puntuales del módulo del olivar en la declaración de IRPF de los ejercicios 2009 y 2010; sin embargo, ASAJA siguió demandando una medida de caracter estructural, que contemplase una rebaja significativa del módulo en consonancia con la pérdida de rentabilidad de los olivareros. Tras las reuniones mantenidas entre ASAJA y el Ministerio de Hacienda, la Orden publicada el viernes en el BOE refleja los compromisos alcanzados recogiendo en la disposición adicional tercera, por la que se desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2013, la rebaja del índice de rendimiento neto aplicable en 2012 por la actividad agrícola de productos del olivo, que sera del 0,26. Esta reducción se aplicara para el aceite y la aceituna del presente ejercicio de 2012, cuyas declaraciones de IRPF los agricultores formalizaran a partir de mayo-junio de 2013, y supondra que el beneficio a declarar se reducira en aproximadamente cien euros por hectarea, compensando así, al menos parcialmente, las pérdidas que soportan los productores de olivar. Igualmente ASAJA se congratula de la reducción del rendimiento neto del 5% para los agricultores y ganaderos que tributan en este régimen de estimación objetiva del IRPF, así como de las reducciones de otras producciones para el año 2013, como son la uva de mesa del 0,42 al 0,32-, las flores y plantas del 0,37 al 0,32- y el tabaco del 0,37 al 0,26-, tal y como recoge la Orden en su disposición adicional segunda. Por otra parte, los Servicios Técnicos de ASAJA estan recogiendo los datos de pérdida de renta de los sectores agrícolas y ganaderos cuyas producciones se han visto afectadas por las heladas y la sequía sufridas en el primer semestre del presente ejercicio, con el fin de elaborar el correspondiente informe técnico y defender ante el Ministerio de Hacienda una rebaja de  módulos para estos sectores.

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.

 

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

Resumen de privacidad
ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

Puede configurar sus preferencias y elegir como quiere que sus datos sean utilizados para los siguientes propósitos.

Strictly Necessary Cookies

Strictly Necessary Cookie should be enabled at all times so that we can save your preferences for cookie settings.

Cookies de terceros

<strong>GOOGLE ANALYTICS</strong>

Esta web utiliza servicios de análisis, concretamente, <strong>Google Analytics</strong> para ayudar al website a analizar el uso que hacen los usuarios del sitio web y mejorar la usabilidad del mismo, pero en ningún caso se asocian a datos que pudieran llegar a identificar al usuario. <strong>Google Analytics</strong> es un servicio analítico de web prestado por Google Inc. El usuario puede consultar <a href="https://www.google.es/intl/es/policies/technologies/types/" target="_blank" rel="noopener"><em>aquí</em></a> el tipo de cookies utilizadas por Google.