Publicado el 03/12/2012

Asaja Valora La Reducción Del Módulo Para El Olivar

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicó en el BOE la Orden que contempla, desde la presente campaña y con caracter estructural, la rebaja del módulo del olivar en el IRPF, que hasta ahora estaba en el 0,32 y que a partir de ahora se sitúa en el 0,26. Desde ASAJA se ha acogido con satisfacción esta reducción ya que era una medida reivindicada por nuestra organización por ser fundamental para paliar la pérdida de rentabilidad que sufre el sector olivarero.   ASAJA ha denunciado en numerosas ocasiones la crisis que padece el olivar, cuyo índice de tributación no tenía correlación con la pérdida de ingresos que vienen sufriendo los productores en los últimos cinco años. Esta situación  motivó las reducciones puntuales del módulo del olivar en la declaración de IRPF de los ejercicios 2009 y 2010; sin embargo, ASAJA siguió demandando una medida de caracter estructural, que contemplase una rebaja significativa del módulo en consonancia con la pérdida de rentabilidad de los olivareros. Tras las reuniones mantenidas entre ASAJA y el Ministerio de Hacienda, la Orden publicada el viernes en el BOE refleja los compromisos alcanzados recogiendo en la disposición adicional tercera, por la que se desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2013, la rebaja del índice de rendimiento neto aplicable en 2012 por la actividad agrícola de productos del olivo, que sera del 0,26. Esta reducción se aplicara para el aceite y la aceituna del presente ejercicio de 2012, cuyas declaraciones de IRPF los agricultores formalizaran a partir de mayo-junio de 2013, y supondra que el beneficio a declarar se reducira en aproximadamente cien euros por hectarea, compensando así, al menos parcialmente, las pérdidas que soportan los productores de olivar. Igualmente ASAJA se congratula de la reducción del rendimiento neto del 5% para los agricultores y ganaderos que tributan en este régimen de estimación objetiva del IRPF, así como de las reducciones de otras producciones para el año 2013, como son la uva de mesa del 0,42 al 0,32-, las flores y plantas del 0,37 al 0,32- y el tabaco del 0,37 al 0,26-, tal y como recoge la Orden en su disposición adicional segunda. Por otra parte, los Servicios Técnicos de ASAJA estan recogiendo los datos de pérdida de renta de los sectores agrícolas y ganaderos cuyas producciones se han visto afectadas por las heladas y la sequía sufridas en el primer semestre del presente ejercicio, con el fin de elaborar el correspondiente informe técnico y defender ante el Ministerio de Hacienda una rebaja de  módulos para estos sectores.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
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    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
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    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
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