Publicado el 01/02/2011

Asaja Reclama Al Gobierno Que Cumpla Su Promesa Y Ponga En Marcha El Gasóleo Profesional Agrícola

El sector agrario sigue, en 2011, soportando un incremento desmesurado en el precio de la mayor parte de los insumos que necesita para producir,  situación ésta que hace peligrar la viabilidad económica de muchas explotaciones, tanto agrícolas como ganaderas. A la escalada de precios de los piensos, los abonos y los fertilizantes se suman ahora los últimos datos referidos al gasóleo agrícola que arrojan una subida de precio de un 30% respecto a enero de 2010. En el caso del gasóleo B, en este primer mes del año, el precio se sitúa en una media de 0,80 euros/litro frente a los 0,60 del año pasado. Es decir, repostar gasóleo agrícola es hoy un 30% mas caro que el año pasado, con un incremento de  20 céntimos (32 pesetas) por litro. Sin embargo, en algunos puntos de España ya se han registrado precios que ascienden hasta los 0.90 euros/litro, cotización a la que se llegó en verano de 2008, cuando se alcanzó el precio maximo histórico para este carburante. No menos escandalosa resulta la evolución experimentada en la última década por el precio del gasoil. En 1999, la cotización se situó en 0.30 euros/litro; en 2000 en 0,45  y en 2005 en 0,60 euros, con lo que en los últimos años el incremento total se cifra en el 63%. Algo inasumible para el sector agrario que lleva años perdiendo rentabilidad debido, por una parte, a este incremento desmedido en los precios de los combustibles, y por otra, a las bajadas reiteradas de los precios en origen de las  principales producciones agrícolas y ganaderas. A modo de ejemplo, mientras el consumo medio de gasoil por hectarea en un cultivo como el olivar se sitúa en 95 litros por hectarea de media, el coste total para el bolsillo del agricultor ha subido espectacularmente como evidencia que el precio final en 2011 para esa misma superficie se sitúe hoy a 75 euros/ hectarea, mientras que en 2005 fue de 57 euros. Por todo ello, desde ASAJA se pide una vez mas el establecimiento por parte del Gobierno de un gasóleo profesional para el sector agrario, ya que actualmente la única medida para abaratar este coste productivo es la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, puesto que ya no se aplica la deducción fiscal de la factura del gasóleo del 35 % en los módulos del IRPF, ni el incremento del 5 al 10% en los gastos de difícil justificación en la Estimación Directa. Hay que recordar que en 2005 el gobierno de Rodríguez Zapatero se comprometió, por medio de la entonces ministra Elena Espinosa, a instaurar un gasóleo profesional para el sector agrario y fijó la fecha del 1 de enero de 2009 para su puesta en marcha. Desde entonces, el sector soporta un reiterado encarecimiento de los precios de los combustibles, con varias situaciones de maximos históricos incluidas, sin que por el momento se haya vuelto a hablar del compromiso incumplido.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.

 

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Cómo se otorgan las ayudas al plan renove de maquinaria

Las ayudas siempre se otorgan siguiendo el orden de solicitud de las mismas, siempre y cuando, cumplan con las bases que se exigen

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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