Publicado el 21/09/2010

Asaja Pide Endurecer El Código Penal Para Acabar Con Los Robos En El Campo

Desde hace varios años se ha acrecentado, cuantitativa y cualitativamente, la comisión de hurtos y robos en el medio rural en todo el territorio español, pero en los últimos meses la situación esta alcanzando una intensidad y una gravedad hasta ahora desconocidas. La gran alarma social que esto esta provocando entre los habitantes de las zonas rurales y el quebranto económico, en algunos casos irreversible, que ocasiona en las explotaciones agrícolas y ganaderas, hacen necesario el endurecimiento de las sanciones contempladas en el Código Penal tanto para el ladrón como para el comprador de los efectos robados.ÂDe las tradicionales sustracciones de productos agrícolas y de cosechas se ha pasado a practicas delictivas consistentes en asaltar fincas cercadas, casas de campo, masías y cortijos y apoderarse de cables de cobre, tuberías y motores de riego, transformadores, equipos halógenos, maquinaria agrícola de toda índole –pesada y no pesada-, gasóleo y todo tipo de enseres que se hallan en las explotaciones agropecuarias. Incluso se ha llegado a poner en peligro la integridad física de agricultores y ganaderos, pues estamos ya en presencia no sólo de robos con fuerza en las cosas, sino también con intimidación sobre las personas.Ademas de los importantes perjuicios económicos que tales conductas suponen, ya que en muchos casos imposibilitan el desarrollo normal de las labores agrícolas habituales, se esta generando una enorme sensación de inseguridad e indefensión en el campo.ÂDesde ASAJA consideramos necesario un endurecimiento del régimen punitivo establecido en el Código Penal respecto de estas sustracciones efectuadas en el campo. Se perdió una gran ocasión para hacerlo el pasado mes de junio, cuando se aprobó la última reforma del Código Penal, donde ASAJA planteó la posibilidad de considerar como delito de hurto las sustracciones de productos o bienes en explotaciones agrícolas o ganaderas, cuando el valor de los mismos exceda de 100 euros en lugar de 400, como sucede actualmente. La sanción al delincuente como autor de una simple falta de hurto es, a todas luces, insuficiente, sobre todo si tenemos en cuenta que, dado el bajo precio de los productos agrarios, para superar los 400 euros la apropiación ha de ser muy cuantiosa.ÂAhora bien, resulta absolutamente necesaria la adopción urgente de otras medidas para combatir la escalada de hurtos y robos en el campo, como una mayor presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las zonas rurales afectadas, con planes específicos de investigación y prevención de este tipo de delitos. Así mismo, es especialmente necesario un mayor control administrativo y policial de quienes compran los objetos o efectos sustraídos, incidiendo en la persecución penal de estos sujetos y empresas, que cometen el delito de receptación. En definitiva, si se roban productos de las explotaciones agropecuarias, es porque hay alguien que los compra.

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Preguntas frecuentes

¿Es necesario SIGFITO?

La entrega de envases vacíos  en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.

Aquellas personas que  presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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