Publicado el 16/07/2012

Asaja Consigue Que El Gobierno Modifique Los Tipos De Iva Del Régimen Especial De La Agricultura Y Ganadería

Desde ASAJA se felicita al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Miguel Arias Cañete y al Subsecretario del mismo Departamento Jaime Haddad por haber escuchado de nuevo las peticiones de nuestra Organización y haber logrado ante Hacienda la subida de la compensación del régimen especial del IVA del 8,5 % al 10,5 % para los ganaderos y del 10 % al 12 % para los agricultores.El Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto Ley de medidas para la estabilidad presupuestaria, la modificación de los tipos de IVA como ya anunció a principio de la semana pasada el presidente del Gobierno, incluyendo entre las subidas de los tipos en el régimen especial agrario del IVA del 8,5 % al 10,5 % para el sector ganadero y del 10 % al 12 % para el sector agrícola, oyendo de nuevo la reivindicación que ASAJA venía haciendo desde hace tiempo y que el presidente de ASAJA, Pedro Barato, solicitó hace unos días con caracter de urgencia tanto al Ministro como al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, alimentación y Medioambiente.Si a principio de la semana pasada mostrabamos nuestra preocupación por las subidas del IVA que definitivamente ha aprobado el Consejo de Ministros del día de hoy y la repercusión que tendría para nuestro sector en la actual situación de crisis que atraviesan buena parte de los sectores productivos, ya que los agricultores y ganaderos carecen de capacidad económica para asumir el incremento del IVA , hoy acogemos con satisfacción y nos congratulamos con estas otras medidas que el Ejecutivo ha dirigido al campo español y que entraran en vigor el próximo día 1 de septiembre.

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Preguntas frecuentes

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
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  • Confección de los libros obligatorios
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¿Cuanto tiempo debo tener la maquinaria agrícola inscrita en el ROMA?

Para poder acceder a las ayudas a la renovación de maquinaria agrícola, se debe tener REGISTRADA EN EL ROMA CON UN MINIMO DE UN AÑO DE ANTELACION LA MAQUINA ACHATARRAR A NOMBRE DEL SOLICITANTE

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

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