Publicado el 18/06/2010

Aprobada La Ley Para Que Los Productores Cobren Por Ley En 30 Días

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, por unanimidad, la reforma de la Ley de Morosidad que ‘recoge practicamente’ todas las propuestas que durante tres meses han defendido las organizaciones agrarias, ASAJA, Coag, Upa y Cooperativas Agro-alimentarias.La excepción, el establecimiento de un régimen sancionador demandado por el sector para toda la cadena alimentaria. Al final, sólo lo habra en la Ley de Comercio Minorista, pero ‘debería haberse extendido al resto de los eslabones de la cadena’, según critican las organizaciones agrarias.En este sentido, OPAS y cooperativas instan a las comunidades autónomas a hacer un ‘esfuerzo adicional’ para garantizar el control y la aplicación efectiva de la nueva normativa.Entre las demandas aprobadas, la eliminación de la clausula ‘salvo pacto entre las partes’; los plazos de pago, que para los frescos sera de 30 días y de aplicación inmediata y para el resto seran 60 días aunque se ha acordado un calendario progresivo de aplicación hasta el punto de no retorno en 2013; el cómputo de plazo, sera a partir de la entrega de la mercancía y no desde la emisión de la factura; y se suma la obligatoriedad de documentar la operación de entrega y recepción así como la de estipular en las cuentas anuales el plazo medio de pago a los proveedores, lo que permitira conocer si la empresa cumple con los plazos de pago que estipula la ley o si, por el contrario, es morosa.En España, según denuncian las OPAS, los plazos de pago real, que alcanzan los 101 días en operaciones comerciales entre empresas privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la Administración, duplican los plazos de pago de países como Alemania, Gran Bretaña y Francia y triplica y cuadriplica con respecto a países como Dinamarca o Suecia, lo que repercute muy negativamente en nuestra competitividad.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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