Publicado el 18/06/2010

Aprobada La Ley Para Que Los Productores Cobren Por Ley En 30 Días

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, por unanimidad, la reforma de la Ley de Morosidad que ‘recoge practicamente’ todas las propuestas que durante tres meses han defendido las organizaciones agrarias, ASAJA, Coag, Upa y Cooperativas Agro-alimentarias.La excepción, el establecimiento de un régimen sancionador demandado por el sector para toda la cadena alimentaria. Al final, sólo lo habra en la Ley de Comercio Minorista, pero ‘debería haberse extendido al resto de los eslabones de la cadena’, según critican las organizaciones agrarias.En este sentido, OPAS y cooperativas instan a las comunidades autónomas a hacer un ‘esfuerzo adicional’ para garantizar el control y la aplicación efectiva de la nueva normativa.Entre las demandas aprobadas, la eliminación de la clausula ‘salvo pacto entre las partes’; los plazos de pago, que para los frescos sera de 30 días y de aplicación inmediata y para el resto seran 60 días aunque se ha acordado un calendario progresivo de aplicación hasta el punto de no retorno en 2013; el cómputo de plazo, sera a partir de la entrega de la mercancía y no desde la emisión de la factura; y se suma la obligatoriedad de documentar la operación de entrega y recepción así como la de estipular en las cuentas anuales el plazo medio de pago a los proveedores, lo que permitira conocer si la empresa cumple con los plazos de pago que estipula la ley o si, por el contrario, es morosa.En España, según denuncian las OPAS, los plazos de pago real, que alcanzan los 101 días en operaciones comerciales entre empresas privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la Administración, duplican los plazos de pago de países como Alemania, Gran Bretaña y Francia y triplica y cuadriplica con respecto a países como Dinamarca o Suecia, lo que repercute muy negativamente en nuestra competitividad.

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Preguntas frecuentes

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

Este año 2018 el cuaderno de explotación no sale con la PAC ¿cómo lo puede obtener?

Desde la Página del Gobierno de Aragón: https://aplicaciones.aragon.es/webenvios/pages/aplicaciones.xhtml

Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

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