Publicado el 05/11/2018

Parte I. Convivir con la contaminación virtual: el nuevo reto del sector agrícola

Desgraciadamente, la contaminación no es solo ambiental; en la actualidad existe un nuevo tiempo de contaminación, la virtual. La intoxicación, y degradación de la forma de vivir, conducirnos y comunicarnos ha tejido poco a poco una realidad virtual que trata de influenciar con falsedades y mentiras en cuestiones que afectan directamente a la Agricultura y el Medio Rural.

 

Recientemente, ASAJA ARAGÓN ha hablado de ello, tanto en nuestra participación en el Fórum Smart Agro que tuvo lugar el pasado 19 de septiembre en la Feria de Zaragoza, como en el I Congreso Agroalimentario de Aragón, organizado por el Diario del Alto Aragón, Radio Huesca y el Grupo HENNEO, que se celebró en el Palacio de Congresos de Huesca el 4 de octubre.

 

En ambos eventos el mensaje de ASAJA fue claro y contundente: la digitalización ha llegado a la Agricultura –Agricultura 4.0- y la tecnología se ha convertido en una de las claves para la supervivencia del sector agrícola.

 

Ha sido enorme el esfuerzo que esto ha supuesto para el agricultor, pero creemos que ha merecido la pena. Sin embargo, aunque la “Agricultura y la Industria 4.0” han llegado para quedarse, la “Administración 4.0” y la “Política 4.0” ni están ni se les espera.

 

Lejos del servicio y la simplificación que el administrado necesita y merece, los complejos sistemas y procedimientos enmarañados complican la vida al agricultor en lugar de facilitársela. El agricultor ha realizado un esfuerzo considerable para adaptar sus explotaciones a la tecnificación y así lo ha hecho.

 

Sin embargo, con lo que no puede luchar es con un procedimiento administrativo burocratizado, lleno de papeleos cruzados, información deficiente y plazos inasumibles, que complican todavía más su vida. Es inadmisible que en pleno siglo XXI la Administración siga enlenteciendo los procedimientos en lugar de utilizar las tecnologías para agilizar y simplificar los trámites.

 

Y a todo ello, se añade un problema reciente que surge a consecuencia de la globalización de la comunicación. Un tema en el que profundizaremos en próximos posts. 

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

Este año 2018 el cuaderno de explotación no sale con la PAC ¿cómo lo puede obtener?

Desde la Página del Gobierno de Aragón: https://aplicaciones.aragon.es/webenvios/pages/aplicaciones.xhtml

Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

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