Publicado el 05/11/2018

Parte I. Convivir con la contaminación virtual: el nuevo reto del sector agrícola

Desgraciadamente, la contaminación no es solo ambiental; en la actualidad existe un nuevo tiempo de contaminación, la virtual. La intoxicación, y degradación de la forma de vivir, conducirnos y comunicarnos ha tejido poco a poco una realidad virtual que trata de influenciar con falsedades y mentiras en cuestiones que afectan directamente a la Agricultura y el Medio Rural.

 

Recientemente, ASAJA ARAGÓN ha hablado de ello, tanto en nuestra participación en el Fórum Smart Agro que tuvo lugar el pasado 19 de septiembre en la Feria de Zaragoza, como en el I Congreso Agroalimentario de Aragón, organizado por el Diario del Alto Aragón, Radio Huesca y el Grupo HENNEO, que se celebró en el Palacio de Congresos de Huesca el 4 de octubre.

 

En ambos eventos el mensaje de ASAJA fue claro y contundente: la digitalización ha llegado a la Agricultura –Agricultura 4.0- y la tecnología se ha convertido en una de las claves para la supervivencia del sector agrícola.

 

Ha sido enorme el esfuerzo que esto ha supuesto para el agricultor, pero creemos que ha merecido la pena. Sin embargo, aunque la “Agricultura y la Industria 4.0” han llegado para quedarse, la “Administración 4.0” y la “Política 4.0” ni están ni se les espera.

 

Lejos del servicio y la simplificación que el administrado necesita y merece, los complejos sistemas y procedimientos enmarañados complican la vida al agricultor en lugar de facilitársela. El agricultor ha realizado un esfuerzo considerable para adaptar sus explotaciones a la tecnificación y así lo ha hecho.

 

Sin embargo, con lo que no puede luchar es con un procedimiento administrativo burocratizado, lleno de papeleos cruzados, información deficiente y plazos inasumibles, que complican todavía más su vida. Es inadmisible que en pleno siglo XXI la Administración siga enlenteciendo los procedimientos en lugar de utilizar las tecnologías para agilizar y simplificar los trámites.

 

Y a todo ello, se añade un problema reciente que surge a consecuencia de la globalización de la comunicación. Un tema en el que profundizaremos en próximos posts. 

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Preguntas frecuentes

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Aporta algún beneficio realizar una analítica de suelos?

En primer lugar nos informa del tipo de suelo que tenemos en nuestra explotación para ayudarnos a comprender el comportamiento de nuestros cultivos, y en su caso nos ayuda en el manejo del agua de riego. Indudablemente puede suponer un beneficio económico directo al ajustar debidamente la cantidad de abono a aportar según las necesidades de nuestro cultivo y nuestro tipo de suelo.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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