Publicado el 15/11/2018

Orden ayudas convivencia con Oso-Lobo

Estas ayudas, publicadas en el BOA de 28 de agosto, buscan normalizar la situación generada por estos animales, a pesar de que la convivencia con la ganadería extensiva es imposible. La totalidad del sector de ganadería extensiva ha mostrado su rechazo a la presencia de osos y lobos en el medio rural, dada la imposibilidad de continuar ejerciendo la actividad por los daños producidos por estos animales, causantes de muertes de animales, estrés y nula producción debido a los abortos de las hembras gestantes.

 

ASAJA Aragón ha mostrado siempre el rechazo a la convivencia del oso y el lobo con la ganadería extensiva, oponiéndose a la reintroducción en el caso del oso y proponiendo su extracción en el caso del lobo.

 

Por ello se considera que la línea de ayudas publicadas en el Boletín Oficial de Aragón del 28 de agosto solo busca normalizar y dar un marco legal a una situación insostenible, y que de continuar va a ser la puntilla de muerte para la ganadería extensiva.

 

Estas Ayudas tal como han salido solo buscan enfrentar a los ganaderos entre sí, discriminando a especies como la vaca nodriza y las yeguas, y a los ganaderos de ovino caprino en función del municipio de sus pastos, mientras que el lobo y oso no conoce los límites de términos municipales.

 

En ningún caso la solicitud de estas Ayudas por algunos ganaderos supone la aceptación por parte de estos ganaderos y del sector en general de la presencia de oso y lobo.

La solicitud de estas ayudas lo único que demuestra es la precaria situación económica de las explotaciones de ovino que año tras año ven como su renta disminuye, con el agravante en las zonas de presencia de osos y el lobo de tener que asumir los daños causados por estas especies sin que se les indemnice.

Desde Asaja Aragón se considera que el Gobierno de Aragón debe cuantificar los daños producidos por ambas especies a la ganadería extensiva, y abonar el importe de los mismos a los ganaderos afectados.

 

Asaja Aragón considera incompresible la actitud adoptada por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, así como de algunas organizaciones ecologistas, para los que la ganadería extensiva sirve para hacerse la foto, pero no para luchar por su defensa y mantenimiento. Asaja Aragón propondrá el establecimiento de un calendario de protestas y concentraciones hasta que el Gobierno de Aragón contemple las reivindicaciones de la ganadería extensiva, orientadas a la retirada de oso y lobo del medio rural.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

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